A- de 2018
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Luis Enrique Olivera Petro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- La caducidad opera inexorablemente cualquiera sea el vicio de que se trate y en consecuencia pierde la Corte Constitucional su competencia para pronunciarse de fondo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda fue rechazada por la Magistrada Sustanciadora luego de constatar que se formuló por fuera del término constitucional para hacerlo.
Se reiteró que, la Corte Constitucional tiene competencia para conocer de las demandas contra actos reformatorios de la Carta Política cuando son presentadas dentro del año siguiente a su promulgación y solo por vicios de procedimiento en su formación.
La Sala Plena de la Corporación precisa que la jurisprudencia constitucional ha establecido que no existen excepciones a la caducidad de la acción pública de inconstitucional contra actos legislativos y que en consecuencia, las demandas presentadas en forma inoportuna conducen a la Corte a abstenerse de emitir pronunciamiento de fondo.
Se CONFIRMA en todas sus partes el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el Auto del veinte (20) de junio de dos mil dieciocho (2018), proferido por el despacho de la Magistrada Ponente en el proceso D-12.739, Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Luis Enrique Olivera Petro contra los articulos 11, 12 y 13 del Acto Legislativo 01 de 2003 y los articulos 20 y 21 del Acto Legislativo 02 de 2015.
- Segundo. ARCHIVESE el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.